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María José Segarra: “Una ley integral permitiría una mejor protección en todas las facetas de la vida de una persona mayor”
Fuente: Plataforma de Mayores y Pensionistas
María José Segarra, Fiscal de Sala para la Protección de Personas con Discapacidad y Mayores
María José Segarra, Fiscal de Sala para la Protección de Personas con Discapacidad y Mayores, analiza en esta entrevista los principales desafíos y avances en la defensa de los derechos de este grupo de población en España. Aborda cuestiones clave como la prevención del abuso y la negligencia; la importancia de la autonomía personal; el impacto de la brecha digital; y la necesidad de colaboración institucional, ofreciendo una visión experta y comprometida sobre cómo garantizar la dignidad, la autonomía y la protección efectiva de las personas mayores, así como sobre el papel fundamental de la Fiscalía y de las futuras políticas públicas en este ámbito.
¿Cuáles son los principales retos actuales para la protección jurídica de las personas mayores en España, especialmente frente al abuso y la negligencia?
El respeto a la dignidad de las personas mayores, la tutela de sus derechos y, sobre todo, la defensa de su autonomía bajo el prisma de la desjudicialización de la vida, que son objetivos necesarios de toda sociedad avanzada.
Con la precedente legislación civil hacía falta incapacitar a una persona para gestionar o ayudarle a gestionar sus intereses económicos. De la mano de la importante reforma que se llevó a cabo en el Código Civil en el año 2021, se produce un gran cambio adelantado por las convenciones internacionales: todos tenemos la misma capacidad, pero hay quien necesita ayuda y esta no siempre debe venir de la mano de un procedimiento judicial que lo disponga.
Desde la Fiscalía hemos colaborado en interpretar la ley para trasladar la realidad social a la realidad jurisdiccional. Las personas cuidamos a nuestros familiares que lo precisan y esa realidad en la ley se denomina guarda de hecho, que no precisa de intervención judicial ni fiscal. Donde no llega el propio autogobierno de la persona, y en la medida que este se vea comprometido por el concurso de barreras de distinto tipo que impidan el desarrollo autónomo de su vida, se precisará el apoyo de las personas más cercanas y afectivamente más vinculadas a ella. Generalmente, son los familiares cercanos (padres, hermanos, etc.) los que cuidan al familiar necesitado de protección, en otras ocasiones serán allegados: vecinos o amigos.
En el resto de los casos en que no sea posible la asistencia informal a través de una guarda de hecho, se diseñará este apoyo por medio de una curatela, bajo el principio de proporcionalidad y atendiendo a la necesidad de realizar actos jurídicos que tenga la persona afectada, siendo el apoyo asistencial la regla general y la representación, su excepción.
Los años transcurridos desde la puesta en marcha de esta reforma del Código Civil nos han llevado a constatar una disminución de personas con medidas (judicialmente dispuestas) de apoyo a su capacidad jurídica. Constatamos año a año una disminución del 4% de los procedimientos incoados anualmente para proveer de apoyos a las personas. A esta realidad debe añadírsele la percepción de que, en cerca del 44% de los procedimientos tramitados, los jueces consideraron que no era necesaria una medida judicial, por existir una guarda de hecho suficiente y eficaz.
"Ese será el gran reto desde la administración de justicia: el diseño de los apoyos respetando la voluntad de la persona y, cuando ello no sea posible, conforme a lo que la persona hubiera deseado o su trayectoria vital"
Dentro de ese marco legal, hemos de buscar las fórmulas mejores para posibilitar la toma de decisiones, que van desde la organización de los cuidados, la decisión de dónde o cómo vivir… Ese será el gran reto desde la administración de justicia: el diseño de los apoyos respetando la voluntad de la persona y, cuando ello no sea posible, conforme a lo que la persona hubiera deseado o su trayectoria vital. Y siempre buscando en ese diseño el respeto de la voluntad libre de la persona, previniendo abusos, influencias indebidas o conflicto de intereses de las personas que se designen o ejerzan ese apoyo.
La previsión y disposición de cómo queremos que se adopten las decisiones que nos afecten, cuando no podamos tomarlas en el futuro, y las salvaguardas que preveamos para evitar conflicto de intereses o discusiones familiares, a través de poderes preventivos y autotutelas que realicemos ante los notarios, son el mejor instrumento de autotutela que podemos desarrollar. El incremento exponencialmente progresivo de su volumen cada anualidad es muestra de esta mayor conciencia preventiva de las personas mayores: la mejor opción sin duda.
Pese a que la prevención es la mejor fórmula de lucha contra el abuso, no podemos dejar de lado la otra cara de la moneda, que precisa del siempre mejorable funcionamiento de los circuitos de detección y denuncia.
¿Cómo actúa la Fiscalía para prevenir y atender situaciones de maltrato, tanto físico como psicológico, en residencias y en el ámbito familiar?
La Fiscalía desarrolla funciones tradicionalmente en el ámbito penal, persiguiendo los delitos de maltrato que se cometan en cualquier ámbito familiar o residencial. Conscientes de que hay un importante nivel de infradenuncias por parte de las personas mayores, dependientes de sus cuidadores o que viven solas, disponemos de protocolos de intervención con los agentes sociales, los teléfonos de atención al mayor, las instituciones públicas y privadas y ONG, que remiten a las fiscalías la información de posibles hechos delictivos o cualesquiera otras situaciones de vulnerabilidad.
Con dicha información, se tramitarán los procedimientos penales oportunos por los delitos eventualmente cometidos. Si detectamos que se trata de personas que precisan apoyo para el ejercicio de su capacidad jurídica debido, por ejemplo, a un deterioro cognitivo, instaríamos ante los juzgados que se dispusieran las medidas que precisen de apoyo a su capacidad jurídica. Y, finalmente, si se tratara de situaciones que precisaran ayuda en el ámbito asistencial, de salud o económico, se lo transmitiríamos a las administraciones con competencias en la materia.
"Conscientes de que hay un importante nivel de infradenuncias por parte de las personas mayores, dependientes de sus cuidadores o que viven solas, disponemos de protocolos de intervención con los agentes sociales, los teléfonos de atención al mayor, las instituciones públicas y privadas y ONG"
Pero además de esa actuación, los fiscales tenemos otras funciones de carácter más preventivo, que supone la supervisión y tutela de los derechos de las personas mayores que se encuentran ingresadas en centros sociosanitarios o residenciales.
No podemos olvidar el especial impacto de la epidemia del virus Covid-19 en los mayores de 65 años que vivían en entornos residenciales. El desconocimiento sobre su transmisión, prevención y tratamiento hizo que los núcleos de vida en común, como son las residencias, fueran especialmente vulnerables al contagio. El dramático incremento de mortalidad en los dos duros años de pandemia es muestra de ello. De alguna forma esta tremenda experiencia puso blanco sobre negro carencias preexistentes en el formato residencial que pasaban desapercibidas, como son las derivadas de la ausencia de un diseño compatible con la prevención de brotes epidémicos. Además, ha generado un importante foco de atención y una oportunidad para mejorar nuestro sistema residencial y sanitario.
Desde la Fiscalía se quiso contribuir en esta reflexión y se dictó la Instrucción 1/2022 sobre el uso de medios de contención mecánicos o farmacológicos en unidades psiquiátricas o de salud mental y centros residenciales y/o sociosanitarios de personas mayores y/o con discapacidad, con la clara pretensión de caminar hacia un sistema de cuidados respetuoso con la dignidad, encomendando a los fiscales intensificar la inspección de los centros con la finalidad de eliminar un uso indiscriminado de estas medidas.
El Ministerio Fiscal también tiene puesta la atención en desarrollar las actuaciones que prevengan situaciones de abuso económico o despatrimonialización, para lo cual se han firmado protocolos de intervención preventiva. En estos se prevé la fluida comunicación al fiscal por parte de entidades bancarias y financieras de aquellas situaciones que puedan revelar voluntades cautivas, riesgo de abuso económico o insuficiencia de las medidas de apoyo que disponga una persona vulnerable titular de productos bancarios o financieros. El Ministerio Fiscal es la única institución pública con legitimación para promover ante los juzgados las medidas de apoyo a la capacidad jurídica que precise una persona.
¿Qué relevancia puede tener una futura Ley Integral de Derechos de las Personas Mayores y cómo podría contribuir a mejorar la autonomía y dignidad de este colectivo?
Es una realidad constatada el envejecimiento demográfico de nuestro país, correlativo con la mejora de la calidad de vida y de los servicios de salud. Se calcula que casi un 5% de las personas mayores en España (o lo que es lo mismo, cerca de unos 2,5 millones de personas) necesitan asistencia y cuidados de un tercero para la realización de alguna de las actividades básicas de la vida diaria.
Por consiguiente, cualquier reflexión de futuro ha de partir de una mayor concienciación social sobre la importancia del colectivo de mayores, sus necesidades, derechos y preferencias, así como sobre su carácter heterogéneo, que incluye: personas mayores autónomas, en situación de dependencia, y con discapacidad.
Cada individuo tiene su particular contexto (social, económico, cultural) que lo hace único. Por ello, debe diseñarse una diversidad de recursos que puedan adaptarse a las distintas realidades y necesidades personales que, además, son dinámicas. Esto pasa por potenciar la atención integrada sanitaria y social en el propio domicilio, pero también por multiplicar y diversificar los modelos residenciales.
"Cualquier reflexión de futuro ha de partir de una mayor concienciación social sobre la importancia del colectivo de mayores, sus necesidades, derechos y preferencias, así como sobre su carácter heterogéneo"
Por su parte, la atención prestada en las residencias debe incrementar su componente sanitario, vinculándose mejor los recursos residenciales con la atención primaria y comunitaria de salud e invirtiendo en el soporte sanitario a las residencias, con personas formadas en geriatría en los puestos de decisión.
De esta forma se podrán cubrir las distintas necesidades con que se van encontrando las personas en la fase final de su vida.
Además de estas reflexiones que se refieren al respeto de la autonomía en la elección del lugar o modo de residencia, existen otras barreras a su desarrollo: no puede obviarse que la autonomía de las personas mayores está sufriendo una gran merma de la mano de la llamada brecha digital. La brecha tecnológica surge porque mientras la tecnología se vuelve cada vez más compleja, la inteligencia adaptativa de las personas disminuye con la edad.
Las personas adultas mayores son puestas en situación de vulnerabilidad por la situación en la que las administraciones públicas y los proveedores de servicios les sitúan cuando se ofrecen sólo versiones digitales de dichos servicios, en muchos casos eliminando las opciones no digitalizadas (presenciales o telefónicas) de los tratamientos previamente existentes. Para suprimir estas barreras, la persona mayor debería disponer de la información adaptada necesaria para que pueda solucionar sus gestiones sin necesidad de contar con terceros y compartir información que no desea se conozca.
Digitalizar, pero, a la vez, mantener la posibilidad de realizar los tratamientos de forma no digitalizada debería ser totalmente compatible. La digitalización de un tratamiento, mal entendida como la total eliminación de la posibilidad de alternativas no digitalizadas como mínimo en las fases del tratamiento en las que el ciudadano interviene, podría vulnerar los derechos a la no discriminación y a la capacidad de obrar.
En estos nuevos escenarios no bastan las leyes de protección del consumidor, es precisa una respuesta que combine reformas legales con políticas públicas y programas: por ejemplo, con la creación de incentivos para la inversión en inclusión digital de personas mayores y la vigilancia publica mediante organismos de supervisión del cumplimiento de la normativa.
Como vemos, se trata de todo un conjunto de políticas públicas de atención específica a las necesidades de este numeroso colectivo. Por consiguiente, no cabe duda de que, ante esta pluralidad de necesidades, se conseguiría una mejor protección mediante una ley integral que dispusiera mandatos diversificados en todas las facetas de actuación y desarrollo integral de la vida de una persona mayor.
¿Qué mecanismos y canales ofrece la Fiscalía para que una persona mayor pueda denunciar abusos o vulneraciones de manera accesible y segura?
La Fiscalía tiene presencia territorial en toda España. Cualquier persona puede poner en conocimiento del Ministerio Fiscal una situación de abuso o vulnerabilidad o un delito.
Además de la posibilidad de acudir presencialmente a nuestras sedes, disponemos de un apartado web en la página de la Fiscalía General del Estado (www.fiscal.es) que se dirige, en general, a todas las personas que no conocen bien el sistema judicial. Resulta especialmente útil para las personas con discapacidad sensorial o con discapacidad intelectual o del desarrollo y para las personas mayores. En la página, y bajo un icono de redireccionamiento al apartado «Fiscalía Accesible», se facilita información en lenguaje sencillo sobre las funciones básicas del Ministerio Fiscal, acercando la institución al público en general.
Descripciones en lenguaje claro y directo, documentos y archivos en lectura fácil y formularios de acceso acompañan este itinerario que pretende contribuir a que todas las personas conozcan sus derechos y por tanto su igualdad ante la ley. Además, en diversos vídeos narramos de forma complementaria su contenido y damos respuesta a cómo actuar si necesitas ayuda para tomar decisiones o si has sido víctima de un delito. Porque entendemos que una buena información accesible es la base para el ejercicio de los derechos por cualquier persona.
¿Hay ya propuestas de fórmulas de colaboración para trabajar conjuntamente con la Plataforma de Mayores y Pensionistas en la defensa y promoción de derechos?
La Plataforma y la Fiscalía, dentro del ámbito de sus competencias, son aliados en la defensa de los derechos de las personas mayores. Para contribuir a la visibilización de sus vulneraciones, hemos acordado llevar a cabo de forma conjunta en el próximo año un análisis de las problemáticas detectadas por las diversas fiscalías a lo largo de este año 2025, a punto de concluir. Para ello nos hemos comprometido a desarrollar un apartado específico en nuestra memoria de actuaciones. No nos cabe duda de que tenemos un camino de colaboración por recorrer.
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