La Plataforma de Mayores y Pensionistas (PMP) no tiene socios físicos. Es una Organización de organizaciones.
Las entidades socias de la Plataforma pueden ser de dos tipos:
- Socios ordinarios: entidades formadas por mayores y pensionistas y sus organizaciones.
- Socios adheridos de organizaciones que principalmente desarrollen actividades sectoriales para las personas mayores y pensionistas, tales como salud (incluidas las sociedades científicas), servicios sociales, educación, deporte, ocio, culturales, empleo, actividades profesionales o análogas, así como entidades cuyo fin sea trabajar desde la perspectiva de género para mayores y pensionistas. También se incluirán en esta categoría de socios las entidades de origen internacional que sean filiales con sede en España de organizaciones internacionales de y/o para las personas mayores y pensionistas.
La admisión de nuevos miembros en el seno de la Plataforma, se llevará a cabo de acuerdo con lo previsto en estos Estatutos, previa presentación de la correspondiente solicitud por parte de la Asociación o entidad interesada, en la que se deberá acreditar una implantación geográfica efectiva mínima, al menos, en ocho Comunidades Autónomas y cinco años de antigüedad.
Además de los requisitos establecidos en el párrafo anterior, las entidades que aspiren ingresar en la Plataforma como socios deberán acreditar el cumplimiento de los siguientes requisitos:
- Ser una entidad de base asociativa de ámbito estatal.
- Actuar en nombre de los asociados y asociadas en defensa de sus derechos e intereses.
- Carecer absolutamente de ánimo de lucro, tanto la entidad que solicita la admisión, como, en su caso, las entidades promotoras o integrantes de la misma.
- Compartir plenamente el ideario de la Plataforma, plasmado en la misión y objeto de la PMP.
- No haber desarrollado actividades contrarias o incompatibles con el ideario de la Plataforma o lesivas para su reputación, imagen y buen nombre, o los de sus entidades miembro.
No podrán ser miembros de la Plataforma aquellas Federaciones, Asociaciones o entidades de cualquier clase que estén integradas en una Confederación o entidad de ámbito superior que ya esté integrada en la Plataforma.
Entidades vinculadas
Sin que gocen de la calidad de socios, podrán formar parte de la Plataforma a título de “entidades vinculadas” aquellas organizaciones españolas para mayores y pensionistas que, sin cumplir plenamente los requisitos establecidos con carácter general en los Estatutos de la Plataforma, art. 1.2., constituyan un elemento del tejido no lucrativo, con características propias, cuya relación con la Plataforma represente un valor para la cohesión del sector de las personas mayores y pensionistas. En todo caso, deberá concurrir en estas organizaciones el resto de requisitos establecidos en los Estatutos y demás normas reguladoras de la Entidad para la admisión de nuevos socios.
La consideración de entidades vinculadas será atribución de la Asamblea, a propuesta de la Junta Directiva de la Plataforma.
Entidades colaboradoras
Podrán ser entidades colaboradoras de la Plataforma aquellas que hubieran sido creadas para las personas mayores y pensionistas que sean admitidas por la Asamblea de Representantes con este estatus, que en ningún caso será equiparable al de socio.
En breve dispondremos de un formulario de contacto. Si deseas contactar, puedes dirigir un email a la siguiente dirección: secretaria@pmp.org.es