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El Consejo de Ministros aprueba el Estatuto de la Autoridad Independiente para la Igualdad de Trato y la No Discriminación
Fuente: Ministerio de Igualdad
El Consejo de Ministros ha aprobado el Estatuto de la Autoridad Independiente para la Igualdad de Trato y la No Discriminación, a propuesta de los ministerios de Igualdad, Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes; Hacienda; Política Territorial y Memoria Democrática; Economía, Comercio y Empresa; Derechos Sociales, Consumo, Agenda 2030; y Transformación Digital y de la Función Pública. De esta forma se da cumplimiento a lo establecido en la Ley 15/2022, de 12 de julio, integral para la igualdad de trato y la no discriminación, la conocida como Ley Zerolo; y a normativa europea.
La Autoridad es la entidad independiente encargada de proteger y promover la igualdad de trato y no discriminación de las personas por razón de las causas y en los ámbitos de la Ley 15/2022, tanto en el sector público como en el privado, y gracias al Estatuto se podrá, entre otras cuestiones, concretar sus funciones, así como desarrollar su estructura organizativa, su funcionamiento interno, el régimen jurídico aplicable en materia de personal, contratación, financiación, etc.
El contenido del texto aprobado se ajusta al contenido habitual de este tipo de normas y fija que los fines de la Autoridad Independiente para la Igualdad de Trato y la No Discriminación pasan, sobre todo, por proteger y promover la igualdad de trato y no discriminación y por la prestación independiente de servicios gratuitos, especializados y accesibles de asistencia y orientación a las personas que hayan podido sufrir discriminación por razón de las causas del artículo 2.1 de la Ley 15/2022.
De acuerdo con lo fijado en el Estatuto, la Autoridad puede además recibir y tramitar quejas o reclamaciones de las personas que hayan podido sufrir discriminación, de sus representantes, así como de cualquier persona o entidad que tenga conocimiento; iniciar investigaciones sobre la existencia de posibles situaciones de discriminación que revistan una especial gravedad o relevancia, salvo de aquellas que revistan carácter de infracción penal; o interesar la actuación de la Administración del Estado para sancionar las acciones u omisiones que puedan ser constitutivas de infracción administrativa en materia de igualdad de trato y no discriminación.
A lo expuesto se suma que puede constituirse en órgano de mediación o conciliación en relación con violaciones del derecho a la igualdad de trato y no discriminación, excepto aquellas que tengan contenido penal o laboral; velar por el cumplimiento de la normativa reguladora de la igualdad de trato y no discriminación, así como formular propuestas para su modificación; promover estudios sobre igualdad de trato y no discriminación y sobre las formas históricas de discriminación estructural; diseñar y mantener un barómetro sobre la materia que gestiona; divulgar las actividades, estudios e informes que realice; o participar en los foros y mantener las relaciones que procedan en el ámbito internacional.
Con todo, la Autoridad no es el único organismo de igualdad del Reino de España ante la Unión Europea (UE), por lo que desde el Ministerio de Igualdad se está tramitando, asimismo, un nuevo real decreto que aprobará también el Estatuto del Instituto de las Mujeres (IM). Se elevará próximamente al Consejo de Ministros y Ministras, tras acabar de recibir el dictamen del Consejo de Estado.
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