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Hasta nueve días remunerados para cuidar
Fuente: La Vanguardia
La ley crea tres permisos de cuidados.
Con retraso, pero al final ha salido de la Moncloa. El Consejo de Ministros ha aprobado la ley de Familias, una norma que protege ante todo y sobre todo el derecho de los trabajadores a poder cuidar de sus familiares más cercanos y a las personas con las que convivan cuando enfermen, estén hospitalizados o no (hasta ahora, sólo por ingreso hospitalario y solo a familiares). La ley, además, equipara los derechos de todos los tipos de familia y amplía hasta los 26 años la pensión de orfandad.
También amplía la protección social a las familias con una renta de 100 euros al mes (1.200 euros al año, como aquel cheque bebé que puso en marcha el presidente Zapatero) para los que tengan menores de hasta 3 años (madres trabajadoras, incluso a tiempo parcial o temporal, y aquellas en paro que tengan una prestación aunque no sea contributiva, entre otras) y prohíbe que los padres impidan el acceso a contenidos sobre diversidad familiar a través del veto parental en los centros educativos "para proteger los derechos de los menores".
La ministra de Derechos Sociales, Ione Belarra, quien ha liderado este proyecto, cree que ésta es "una de las leyes más importantes del curso político" ya que corrige "una situación insostenible" de "raíz política" que se venía dando en España, país que invierten en 12.000 millones de euros menos al año que la media de la Unión Europea en proteger a las familias y la infancia. Este texto legal pasa ahora al Congreso y se espera que a lo largo del 2023 entre en vigor.
El texto se articula en torno a cuatro pilares principales: avanzar en la garantía del derecho a la conciliación; la ampliación de la protección social a las familias y el apoyo a la crianza; el pleno reconocimiento de los distintos tipos de familias y el reconocimiento y protección de los derechos de los niños.
Tiempo para cuidar
La ley crea tres permisos de cuidados. Uno de cinco días al año, retribuidos, para atender a un familiar hasta 2º grado o conviviente, que los trabajadores podrán utilizar en caso de accidente o enfermedad graves, hospitalización o intervención quirúrgica sin hospitalización que necesite reposo.
Un segundo permiso "por ausencia por fuerza mayor familiar” que requiera atención inmediata del trabajador, que será de cuatro días retribuidos al año y que se podrá disfrutar por horas.
Y un tercero, no retribuido, de ocho semanas para los padres que podrán disfrutarse de forma continua o discontinua, hasta que el menor cumpla ocho años. Su aplicación será en dos años: en el 2023, seis semanas y en el 2024, las ocho. Estos permisos, como ha explicado Belarra, pueden ser importantes para semanas de vacaciones escolares que tan de cabeza traen a los padres.
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